Teletrabajo:
¿cómo afrontar la nueva ley en tu empresa?
A raíz de la publicación del Real Decreto-ley 28/2020, de 22 de septiembre, de trabajo a distancia, las empresas están obligadas a regular en base a lo que se establece en este RD a los trabajadores que realicen trabajo a distancia. Es por ello, que en Witei te explicamos qué tienes que tener en cuenta basándonos en nuestra experiencia aplicándolo.
¿Qué se considera teletrabajo?
El primer punto que establece la nueva ley es la definición del concepto de teletrabajo y, por tanto, que situaciones se consideran como tal para la aplicación de esta ley.
Se considera trabajo a distancia aquella situación en la que un trabajador preste un mínimo del 30% de su jornada durante 3 meses. Es decir, aquellas personas que teletrabajan al menos un día y medio a la semana, estarán sujetas a la nueva ley.
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Ir a la plantilla¿Es voluntario u obligatorio?
Se establece que el teletrabajo será voluntario por ambas partes, por lo que se ha de formalizar con un acuerdo escrito entre empresa y trabajador. La empresa no podrá obligar al trabajador a teletrabajar, y la negativa de este no será motivo de despido.
El acuerdo podrá ser rescindido en cualquier momento por cualquiera de las partes y volver a la situación anterior. A consecuencia de todo esto, el trabajador no puede ser obligado a teletrabajar pero tampoco podrá reclamar su derecho a hacerlo, ya que no existe tal.
La ley establece que las personas que teletrabajan tendrán «los mismos derechos como si estuvieran en el lugar de trabajo presencial y no podrán sufrir ningún perjuicio, incluida la retribución salarial, estabilidad, horarios, promoción o formación profesional» y que «Las empresas deberán evitar cualquier discriminación por razón de género: garantizar conciliación, corresponsabilidad, medidas contra el acoso y la protección a víctimas de violencia de género».
Puntos del acuerdo de trabajo a distancia
El Real Decreto ha establecido unos puntos mínimos a contemplar en los acuerdos a realizar entre empresa y trabajador, regulando así todas las premisas establecidas en esta ley. Estos puntos pueden ser ampliados en función del convenio colectivo de aplicación en cada empresa.
Los puntos que deben contemplarse en el acuerdo son:
- Inventario de los medios, equipos y herramientas que se exigen para el trabajo a distancia.
- Gastos que pudiera tener el trabajador en remoto y la modalidad.
- Horario de trabajo de la persona trabajadora y reglas de disponibilidad.
- Porcentaje entre trabajo presencial y trabajo a distancia.
- Centro de trabajo al que queda adscrita la persona trabajadora.
- Lugar de trabajo elegido por la persona trabajadora para el desarrollo del trabajo a distancia.
- Medios de control empresarial
- Duración del acuerdo de trabajo a distancia
- Duración de plazos de preaviso para situaciones de reversibilidad
- Procedimiento a seguir en el caso de producirse dificultades técnicas que impidan el desarrollo de la jornada
- Instrucciones en materia de protección de datos y de seguridad de la información.
- Prevención de riesgos laborales.
Gastos
La empresa ha de encargarse de entregar los medios necesarios al trabajador para el desarrollo normal de su actividad laboral.
Hemos de decir, que todo el Real Decreto en sí está muy abierto a la negociación. Es por ello que no se establecen unos mínimos de gastos o los conceptos que debe cumplir la empresa son muy abiertos.
La empresa tendrá que cubrir todo lo necesario para el desarrollo del trabajo en lo que se refiere a material y equipos informáticos, pero también se hace referencia a gastos derivados del desarrollo de la actividad desde el lugar de trabajo, aquí es donde entraría el pago de una cuantía económica en la nómina para cubrir esos gastos.
Horario de trabajo y flexibilidad
El horario de trabajo para la persona que ejerza esta modalidad será acordado por convenio y deberá de respetarse las mismas limitaciones que existen en la actualidad sobre el tiempo de trabajo y descanso. También se establece que se podrá flexibilizar el horario de prestación de servicios establecido, respetando siempre la disponibilidad obligatoria establecida por la empresa.
En cuanto al registro horario, se sigue manteniendo la ley de fichaje en el momento de inicio, descansos y finalización de la jornada laboral.

Sistemas de control laboral
Se establece que las empresas podrán tomar medidas en cuanto a vigilancia y control para asegurarse que el trabajador cumple con sus deberes y obligaciones laborales. Lógicamente esto solo podrá usarse cuando el empleado use los medios facilitados por la empresa y nunca en aquellos equipos y herramientas personales, garantizando así el derecho a la intimidad y la protección de datos.
¿Qué es lo que hemos hecho en Witei?
Nosotros hemos querido ir más allá con los acuerdos de trabajo a distancia estableciendo una nueva forma de organización de trabajo. Ahora cada miembro de Witei puede decidir qué día ir a la oficina y que día trabajar desde casa sin un límite o un máximo de días a la semana o mes. De esta forma damos mayor autonomía a cada trabajador, fomentando el clima laboral y la conciliación de la vida laboral y personal.
Para preparar todo esto, nos estuvimos informando mucho sobre el nuevo decreto y todo lo que ello implicaba. Hemos desarrollado una evaluación de riesgos laborales y una guía de buenas prácticas que ha de seguir cada miembro para evitar riesgos derivados del puesto de trabajo, todo supervisado por el equipo de Talento Humano garantizando que se cumplan todas las medidas.
Se ha recabado información en materia de prevención para entregar a los trabajadores y formarlos en las medidas adecuadas a desarrollar.
Estudiamos la cuantía económica a pagar en base al material de trabajo necesario y lo que ello conlleva para minimizar los gastos que el trabajo a distancia pueda ocasionar, intentado ser lo más equitativo posibles. Aunque sí es cierto que como compensamos económicamente también nos guardamos el derecho de hacer test de velocidad de internet para garantizar un mínimo que no perjudique al desarrollo de las tareas diarias de cada uno de nosotros.
La nueva ley establece la posibilidad de instalar un software de control a los empleados en sus ordenadores de trabajo. Estos hacen desde un registro de páginas visitadas por el usuario como capturas de pantalla de lo visualizado. En witei creemos en el buen hacer de cada uno de los miembros del equipo y en su responsabilidad y eficacia, por eso hemos optado por seguir usando las mismas herramientas que usábamos hasta ahora como son: la gestión de clientes (witei), las de gestión de empleados (woffu), comunicación (slack) organización de trabajo (google workspace) o comunicación telefónica (talke).
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